policia transito cr
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Por ruidoso primer caso, avenida segunda.

Detenido por Ruidoso en la avenida segunda

El artículo 143 de la Ley de Tránsito establece las conductas a sancionar con multa categoría A de ¢306.850, entre las que se incluye a quien produzca ruido o emisiones de gases, humos o partículas contaminantes que excedan los límites establecidos.

Reten

Mira También: https://www.motorevistacr.com/nos-quiere-quitar-las-2-tiempos-costa-rica/

Ya el dia de hoy le toco a un amigo motociclista ser detenido, pero al ser una nueva ley lo dejaron irse, ya que en una tx200 hacia 99.5 decibeles cuando lo permitido es de 94.  Asi que ojo que si anda con mas bulla de la cuenta se puede quedar sin placas y una multa nada pequeña.

 

 

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